Los derechos patrimoniales o de explotación facultan al autor a decidir sobre el uso de su obra, que no podrá llevarse a cabo sin su autorización, salvo en determinados casos previstos en la vigente Ley de Propiedad Intelectual española
Hahahahah Cobardes!! teniais dos ases en la manga xDDDDDD!! Eso no se valeee!!
són impressionants! que bons m'agraden molt!
Dice el xavi que comente, pero bueno ahora me tendras que dar 10€ y aver si quitas lo de la aprovacion de los comentarios! y aprueva el comentario!
0.0 son preciosos!!!!!
Los derechos patrimoniales o de explotación facultan al autor a decidir sobre el uso de su obra, que no podrá llevarse a cabo sin su autorización, salvo en determinados casos previstos en la vigente Ley de Propiedad Intelectual española
ResponderEliminarHahahahah Cobardes!! teniais dos ases en la manga xDDDDDD!! Eso no se valeee!!
ResponderEliminarsón impressionants! que bons m'agraden molt!
ResponderEliminarDice el xavi que comente, pero bueno ahora me tendras que dar 10€ y aver si quitas lo de la aprovacion de los comentarios! y aprueva el comentario!
ResponderEliminar0.0 son preciosos!!!!!
ResponderEliminar